Qué necesitas (tenlo a mano)
- CUPS (sale en tu factura actual, empieza por ES)
- DNI del titular
- IBAN para domiciliación
- Dirección exacta del suministro
- Potencia contratada actual (P1/P2)
Si estás por mudanza o alquiler: si lo que necesitas es un cambio de titular (entrar/salir de una vivienda), mira esta guía con los pasos y trampas típicas: cambio de titular en mudanzas y alquileres.
Pasos detallados (sin líos)
1. Comprueba las condiciones de rescisión
Si eres persona física con 2.0TD, puedes rescindir el suministro sin penalización salvo exclusivamente en contratos a precio fijo antes de la primera renovación anual. En esa excepción, la compensación solo procede si hay daño económico directo para la comercializadora y no puede superar el 5% de la energía estimada pendiente de suministro. Los servicios accesorios pueden tener condiciones propias, así que revisa también cualquier mantenimiento o pack que hayas contratado. Recuerda que la comercializadora (tu proveedor de tarifa) es distinta de la distribuidora (la que gestiona los cables y el contador).
Y ojo con los “descuentos”: revisa topes de kWh, cuotas y permanencias (lo que más da sustos) en la letra pequeña de las tarifas.
2. Elige la nueva tarifa
Usa este comparador, mete tus consumos reales, y mira qué sale más barato. No te fíes de las llamadas comerciales mentirosas ("te ahorramos 200 € al año" → pide que te lo pongan por escrito).
Revisa servicios extras antes de cambiar
Antes de cambiar de compañía, revisa tu factura actual para detectar si tienes contratados servicios de mantenimiento u otros extras que no necesitas. Es buen momento para darlos de baja.
3. Contrata por web (mejor que por teléfono)
Por qué: queda todo por escrito, ves exactamente lo que firmas, nadie te mete servicios extra de palabra.
Si contratas por teléfono: graba la llamada (avísales que lo haces) y pide confirmación por email con el contrato en PDF.
4. Guarda TODO
- Email de confirmación del alta
- Contrato en PDF
- Fecha exacta de la contratación
Esto te salva si luego hay discrepancias ("me dijeron X pero me cobran Y").
5. Espera el cambio
Desde el RD 88/2026, el consumidor tiene derecho a cambiar de comercializadora en un máximo de 10 días hábiles desde que formaliza el contrato. Solo puede alargarse hasta 5 días hábiles más cuando hagan falta actuaciones en campo complejas. Durante el cambio:
- NO hay corte de luz (es automático)
- Sigues pagando a la antigua hasta que se complete
- La nueva te avisará cuando esté activo
6. Recibirás última factura de la antigua
Te facturan hasta el día exacto del cambio. Comprueba:
- Fechas (que no te cobren días de más)
- Lectura final del contador o, si no la hubo, la estimación de cierre aplicada
- Que no te metan penalizaciones raras
Trucos para evitar disgustos
Foto al contador antes del cambio
Haz foto con fecha visible. Por si luego discuten la lectura final.
No aceptes "packs" que no quieres
"Mantenimiento", "asistencia 24h", "seguro hogar"… Si no lo quieres, di NO claramente. Si te lo meten, pide la baja por escrito el mismo día.
Si te prometen algo por teléfono, pide email
"Te damos 50 € de descuento el primer año" → "Vale, mándamelo por email". Si no lo hacen, es humo.
Verifica la primera factura de la nueva
Comprueba:
- Precio del kWh (que sea el que firmaste)
- Potencia contratada (que sea la correcta)
- Consumos (¿tienen sentido con tu histórico?)
- Servicios extra (que no te hayan colado nada)
Si algo falla, reclama de inmediato (cuanto antes, mejor).
Qué pasa con...?
¿Y si me arrepiento?
En contratos a distancia (online o teléfono) tienes, con carácter general, 14 días para desistir sin penalización. Si pediste expresamente que el suministro empezara durante ese plazo, pueden cobrarte la parte proporcional ya suministrada hasta que comuniques el desistimiento. Hazlo por escrito y guarda el justificante.
¿Puedo cambiarme si debo dinero?
La deuda no desaparece por cambiar de comercializadora. Si tienes impagos, incidencias de corte o dudas sobre tu caso, mejor confirmarlo por escrito con la comercializadora entrante antes de tramitar el cambio.
¿Me pueden cortar la luz durante el cambio?
No. El cambio es automático y sin cortes. Si te quedas sin luz, es por otra cosa (avería, problema con el contador, impago previo…).
Si tienes bono social
Si tienes bono social, no des por hecho que se traslada solo. Si sales del mercado regulado lo pierdes, y si cambias entre comercializadoras de referencia conviene confirmar por escrito si necesitan una nueva gestión o revisar la documentación.
¿Tengo que avisar a mi antigua compañía?
No. La nueva se encarga de todo. De hecho, avisar a la antigua puede causar problemas: podrían tramitar una baja en vez de un cambio de comercializadora.
Errores típicos (y cómo evitarlos)
- Error: Contratar sin comparar precios reales → Solución: Usa el comparador con tus datos reales
- Error: Firmar por teléfono sin leer contrato → Solución: Pide el PDF, léelo, y firma online
- Error: No guardar emails/contratos → Solución: Carpeta "Luz" en tu email, guárdalo todo
- Error: Aceptar servicios extra sin querer → Solución: Di NO a todo lo que no entiendas
- Error: No revisar primera factura → Solución: Revísala con lupa, compara con lo firmado
Resumen ejecutivo (si vas con prisas)
- CUPS + DNI + IBAN
- Contrata por web (guarda email)
- Espera hasta 10 días hábiles (ampliable hasta 5 más si hay actuaciones en campo complejas)
- Revisa última factura antigua
- Revisa primera factura nueva
- Si algo falla, reclama YA
Y recuerda: el cambio de comercializadora no lleva un coste específico como trámite y no debería implicar cortes por sí mismo. Para una persona física 2.0TD, la penalización por rescindir el suministro solo cabe en la excepción de un contrato a precio fijo antes de su primera renovación anual; los servicios accesorios sí pueden tener condiciones propias.
Preguntas frecuentes
¿Se corta la luz al cambiar de compañía?
El cambio de comercializadora no implica corte del suministro por sí mismo. Lo gestiona la nueva comercializadora y tu distribuidora sigue siendo la misma. Desde el RD 88/2026, el plazo máximo general es de 10 días hábiles, ampliable hasta 5 más si hay actuaciones en campo complejas.
¿Tengo que avisar a mi antigua compañía?
No hace falta. La nueva compañía tramita el cambio con la anterior. Si eres persona física con 2.0TD, puedes rescindir sin penalización salvo la excepción de un contrato a precio fijo antes de su primera renovación anual; en ese caso, revisa la compensación prevista y sus límites.
¿Puedo cambiar de compañía si tengo deuda?
La deuda no desaparece por cambiar de comercializadora. Si tienes impagos, incidencias de corte o dudas sobre tu caso, mejor confirmarlo por escrito con la comercializadora entrante antes de tramitar el cambio.