Regla de oro: "Las palabras se las lleva el viento". Nunca reclames algo importante solo por teléfono. Necesitas prueba escrita (email, formulario web con acuse de recibo o burofax).
Paso 0: ¿A quién reclamo? (Crucial)
Muchos fallan aquí. Lee la diferencia entre comercializadora y distribuidora para no perder el tiempo.
A la Comercializadora (quien te envía la factura):
- Errores en el precio o descuentos no aplicados.
- Cobro de servicios extra no contratados.
- Retraso en la emisión de facturas.
- Cambios de titularidad o potencia que no se ejecutan.
A la Distribuidora (dueña de los cables y contador):
- Cortes de luz o subidas de tensión (daños en electrodomésticos).
- Lecturas del contador erróneas.
- Calidad del suministro.
- Acometidas y nuevos puntos de suministro.
Nota: Si dudas, reclama primero a la comercializadora. El RD 88/2026 exige agotar antes el servicio de atención al consumidor de la empresa implicada.
Paso 1: Atención al Cliente (La vía amistosa)
Envía un escrito claro y conciso. Ve al grano: "En la factura X me habéis cobrado Y cuando debería ser Z según el contrato". Sin rodeos.
Muy recomendable: Pide y conserva el Número de Referencia de la reclamación. Es tu "ticket" para poder elevar la queja después. Si no te lo facilitan, guarda prueba del canal, la fecha y el contenido de tu reclamación: no recibir el número no anula la reclamación que ya has presentado.
Paso 2: Esperar (Paciencia estratégica)
La ley da plazos máximos para contestar:
- 5 días hábiles si reclamas a la distribuidora por la medida del consumo, facturas emitidas o cortes indebidos y tienes menos de 15 kW contratados.
- 15 días hábiles en los demás casos: es el plazo general para comercializadoras, empresas de agregación y distribuidoras.
- Si vence el plazo que corresponda sin respuesta, o la respuesta no es satisfactoria, puedes elevar la reclamación.
Si pasa el plazo sin respuesta, o la respuesta no te convence, es el momento de elevar la queja.
Esta distinción está en el artículo 55.3 del Reglamento aprobado por el RD 88/2026, que mantiene expresamente el plazo especial del artículo 103.2.D del RD 1955/2000.
Paso 3: Elevar la queja (Donde duele)
Aquí es donde recuperas tu dinero. Tras la reclamación previa, las vías habituales son:
A) Comunidad autónoma o ciudad autónoma competente:
Puede tramitar procedimientos administrativos sobre contrato, acceso, facturación o retrasos de facturación.
B) Junta Arbitral de Consumo:
Es gratuita y útil si la empresa está adherida al Sistema Arbitral de Consumo.
C) Entidad ADR acreditada:
Algunas empresas informan además de la entidad de resolución alternativa de litigios a la que están adheridas.
Caso especial: Lecturas estimadas
Si te han clavado una lectura estimada altísima, primero comprueba el contador y la curva de consumo del periodo. Lee nuestra guía sobre lectura real vs estimada. Una foto del contador puede ayudar como evidencia si está fechada y es comparable con el periodo reclamado, pero una foto tomada después no demuestra por sí sola cuál era la lectura histórica de la factura.
Modelo de texto para reclamar
"A la atención del Dpto. de Reclamaciones:
Por la presente impugno la factura Nº [X] de fecha [FECHA] por importe de [X] €.
El motivo es [describir error: lectura incorrecta, precio mal aplicado, servicio no contratado].
Solicito la rectificación inmediata y la devolución de los importes cobrados indebidamente.
Si no obtengo resolución satisfactoria dentro del plazo legal aplicable —5 días hábiles para reclamaciones a la distribuidora sobre medida de consumo, facturas emitidas o cortes indebidos en suministros de menos de 15 kW; 15 días hábiles en los demás casos—, elevaré esta queja ante el organismo competente de Consumo/Industria o la vía ADR que proceda.
Datos del titular:
Nombre: [...]
DNI: [...]
CUPS: [...]"
Y si después de tanto lío decides cambiar de compañía, elige la siguiente con datos: pasa tu consumo por el comparador de tarifas eléctricas antes de firmar nada.
Preguntas frecuentes
¿A quién reclamo: comercializadora o distribuidora?
Si el problema es de PRECIO, contrato, facturación o cobros indebidos: a la comercializadora (quien te pasa el recibo). Si el problema es técnico (cortes de luz, subidas de tensión, contador averiado, lecturas): a la distribuidora (aunque puedes iniciar el trámite a través de tu comercializadora).
¿Cuánto tardan en contestar?
Si reclamas a la distribuidora por medida de consumo, facturas emitidas o cortes indebidos y tienes menos de 15 kW contratados, el plazo máximo de respuesta es de 5 días hábiles. En los demás casos, el plazo general es de 15 días hábiles. Si vence el plazo aplicable sin respuesta o no estás de acuerdo con ella, puedes elevar la reclamación.
¿Es gratis reclamar en Consumo?
Sí. El Sistema Arbitral de Consumo es gratuito para el usuario. Es una vía extrajudicial rápida y sus decisiones (laudos) tienen el mismo efecto que una sentencia judicial.